miércoles, 2 de mayo de 2012

A. J. Carlyle.

Carlyle propone un estudio de los FINES DEL DERECHO, a partir de un análisis histórico colocando al lector en la Edad Media, exponiendo a los personajes e ideas principales que surgieron en esta época respecto al Bien común, seguridad y justicia.

Es preciso para el autor, que se entienda que durante la Edad Media el Derecho nace a partir de la justicia, debido a que el Derecho nace del “jus”, es decir encarna de la justicia, por lo que siempre el Derecho deberá ser el “arte de lo que es bueno y equitativo”.

Visión de la Iglesia Cristiana.
San Ambrioso.
RAZÓN= JUSTICIA + BENEFICIENCIA.
EQUIDAD conserva el ESTADO <---> INJUSTICIA destruye  el ESTADO.

Casiodoro.
JUSTICIA: eleva al rey  sobre todos y causa la prosperidad del ESTADO.
DERECHO: instrumento de progreso social y verdadero método de bienestar.

San Isidoro de Sevilla.
Derecho (constituido por el BIEN COMÚN) = Justo.

Ahora bien, es preciso afirmar que el discurso de Carlyle se coloca entre la idea eclesiástica y la secular, debido a que aún en la Edad Media tienen mayor preponderancia las leyes divinas y naturales sobre la ley positiva y voluntad humana.

A todas luces, el discurso de Carlyle nos permite ver que a pesar de que en la Edad Media, la voluntad del Rey o príncipe pudiera ser manejada como una tiranía, esta no debe confundirse, pues el tirano únicamente busca destruir el Derecho, a través de mandatos injustos, reduciendo a su pueblo a la esclavitud.
Sin duda esto traerá como consecuencia que los súbditos declaren rebeliones ante una autoridad injusta.

Es importante precisar que durante esta época existe una estrecha relación entre los FINES DEL DERECHO y el DERECHO NATURAL, esto es completamente entendible, puesto que la visión cristiana prevalece y todo aquello que no sea conforme al Iusnaturalismo será carente de validez.

Sin embargo independientemente de la postura que se tenga frente a la validez del Derecho positivo y el Derecho natural, es claro saber que la LEY es el único medio de defensa con el que contaban los individuos frente al Rey o príncipe, esto implica que la comunidad de la Edad Media tenía como principio fundamental la seguridad que las leyes positivas o naturales le proporcionaban al individuo por lo que el Rey debiera conocer que a pesar del "derecho divino" por el cual ocupaba un cargo, este no podía colocarse por encima de la ley si lo que realmente buscaba era el BIEN COMÚN de sus súbditos.

De esta manera, Carlyle a través de la remembranza histórica permite vislumbrar que cualquiera de los FINES DEL DERECHO, que fuesen piedra angular, estos deben surgir de leyes justas, leyes que sirvan al pueblo para su desarrollo y defensa y jamás para coadyuvar a una tiranía.

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